🔔 ¡Alerta Contribuyentes! Calendario Final para la Información Exógena 2025: Evite Multas y Congestiones

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La recta final para la presentación de la Información Exógena del año gravable 2024, que debe ser reportada en 2025, ya está aquí. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y, en el caso de Bogotá, la Secretaría de Hacienda, han definido los calendarios definitivos y los canales digitales.

El incumplimiento, la entrega extemporánea o el reporte con errores puede acarrear multas significativas.

Cronograma Clave (Fechas de Vencimiento Finales)

Los plazos se determinan por el último dígito del NIT (para Personas Jurídicas) o del Documento de Identificación (para Personas Naturales) y se han escalonado para evitar el colapso de las plataformas.

Último DígitoFecha de Vencimiento (DIAN/Hacienda Bogotá)
0127 de octubre de 20252
1328 de octubre de 20254
2529 de octubre de 20256
3730 de octubre de 20258
4931 de octubre de 202510
5114 de noviembre de 202512
6135 de noviembre de 202514
7156 de noviembre de 202516
8177 de noviembre de 202518
91910 de noviembre de 202205

¡ATENCIÓN! Estas fechas corresponden al último tramo de vencimientos para las obligaciones tributarias distritales (como la de Bogotá) y el cierre de los plazos que fueron aplazados por contingencias en la DIAN.

Canales y Pasos para Cumplir sin Contratiempos

Para cumplir con esta obligación, que exige reportar datos detallados sobre las operaciones con terceros, siga estos pasos:

  1. Preparación del Archivo: La información debe estar lista en una hoja de cálculo o archivo plano, siguiendo las especificaciones técnicas de la entidad correspondiente (DIAN o Secretaría de Hacienda).
  2. Uso de la Plataforma Oficial: El único canal autorizado es la plataforma de medios magnéticos (o el sistema PIDO en el caso de Hacienda Bogotá), disponible en los portales oficiales.
  3. Procesamiento y Envío: Procese el archivo en línea. El sistema generará el archivo final que debe enviar, generalmente en formato .STR.
  4. Certificación: Es crucial descargar y guardar de inmediato la certificación de envío, que es su comprobante de cumplimiento.

El proceso se ha simplificado, pero la responsabilidad del contribuyente sigue siendo alta. Evite dejar el reporte para el último día y asegure que toda la información esté libre de errores para eludir las costosas sanciones.

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